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COMUNICADOS

EL CONGRESO LOCAL APROBÓ LA REDUCCIÓN DEL 50% A LAS PRERROGATIVAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

COMUNICADO 642


•​El ahorro se destinará a acciones de salud y educación
•​Con 21 votos a favor se aprobó el dictamen 52, con una reserva en lo particular

Mexicali, B. C. miércoles 26 de agosto de 2020.- El Pleno del Congreso local aprobó por mayoría el dictamen 52 cuyo resolutivo establece una reducción del 50% a los ingresos oficiales que reciben los partidos políticos para su sostenimiento.
La iniciativa fue propuesta por el gobernador del Estado, Jaime Bonilla Valdez por parte del Poder Ejecutivo, así como de las legisladoras de Morena, Montserrat Caballero Ramírez y Miriam Elizabeth Cano Núñez, al igual que el diputado Juan Manuel Molina García.
El dictamen 52, que comprende la reforma a los artículos 42 y 43 de la Ley de Partidos Políticos del Estado de Baja California, se aprobó por 21 votos a favor, 1 en contra del diputado Gerardo López Montes, del PRD y 1 abstención del priista David Ruvalcaba Flores, durante la sesión ordinaria realizada de manera virtual, bajo la conducción del presidente de la Mesa Directiva, diputado Julio César Vázquez Castillo.
En la exposición de motivos se refirió que, a partir del 2015, se fijó una fórmula distinta para determinar el financiamiento de los partidos políticos nacionales y locales para el sostenimiento de sus actividades, estructura, sueldos, salarios, gastos de campaña y actividades específicas, lo cual generó “un crecimiento irracional y desproporcionado de hasta un setecientos por ciento de un año a otro por este concepto”.
El proyecto de dictamen que contiene ambas propuestas; Ejecutivo y Legislativo, por separado, fue analizado y dictaminado en conjunto. Tiene por objeto reducir alrededor de 50 por ciento el financiamiento público que se les entrega a los partidos políticos en la Entidad.
De acuerdo con los considerandos, se establece que este ahorro se utilizará en diversos programas gubernamentales, de índole social, educativa y de salud, a desarrollarse en la entidad.
El resolutivo establece la reforma a los artículos 42 y 43 de la Ley de Partidos Políticos del Estado de Baja California, para quedar como sigue:
“Artículo 42.- Los Partidos Políticos nacionales y locales, para los efectos de las elecciones locales, tendrán derecho al financiamiento público”.

Artículo 43.- “El financiamiento público será destinado para las actividades, estructuras, sueldos y salarios, que se compondrá y otorgará conforme a lo siguiente”.
Para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes:
El Consejo General del Instituto Estatal, determinará anualmente el monto total por distribuir entre los partidos políticos locales en los términos establecidos en la Ley General.
Para los partidos políticos nacionales se calculará multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral local, a la fecha de corte de julio de cada año, por treinta por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.
Para el caso, de que existan dos o menos partidos políticos con registro local, podrán recibir por concepto de financiamiento público, la cantidad que resulte, sin que esta exceda esta de un veinticinco por ciento del monto referido en el párrafo anterior.
El treinta por ciento entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento, restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieran obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.
Aunque el dictamen 52 fue aprobado en lo general como ya se indicó, el diputado Juan Manuel Molina García presentó una reserva en lo particular para quedar como sigue: “Suprimir la parte correspondiente a la condicionante para efectos de las elecciones locales” y clarificar su redacción, puesto que el financiamiento que reciben los partidos políticos tanto nacionales como locales es para actividades ordinarias permanentes, así como para actividades específicas como entidades de interés público, independientemente de aquel recurso adicional que reciben para las campañas electorales, tal y como se desprende del artículo 43 de la misma ley que se reforma”.
Bajo estas consideraciones, el artículo 42 se modificó para quedar de la siguiente manera: “Los ´partidos políticos nacionales y locales, tiene derecho a recibir, para desarrollar sus actividades, financiamiento público de manera equitativa” y así fue aprobada la reforma, también por 21 votos a favor, una abstención y uno en contra.

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